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Registro de jornada y fichaje en empresas con turnos
El registro diario de jornada es obligatorio. Cómo llevarlo en empresas con turnos, comparar lo planificado con lo trabajado y controlar las horas extra.
Desde 2019, en España todas las empresas deben registrar a diario la jornada de cada trabajador: hora de inicio y de fin (artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores). Los registros se conservan cuatro años y deben estar a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.
En empresas con turnos —ambulancias, transporte, mantenimiento, servicios técnicos— cumplirlo con hojas de firma es especialmente incómodo.
Lo que exige la norma (en resumen)
- Registro diario, con hora de inicio y de finalización.
- Organizado por la empresa (con negociación colectiva o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta).
- Conservación durante cuatro años.
- Disponible para trabajadores, representantes e Inspección.
Si su caso tiene particularidades (convenio, jornadas especiales), consúltelo con su asesor laboral.
Por qué el papel da problemas
- Se rellena a posteriori, «de memoria».
- Se pierde o se deteriora.
- Sumar horas por trabajador y mes lleva horas.
- No se compara con el cuadrante: nadie sabe si se hicieron las horas planificadas.
Fichaje digital: cómo hacerlo práctico
- Desde el móvil, al empezar y al terminar. Si el trabajador no tiene que ir a una oficina, se ficha donde empieza el servicio.
- Ligado al cuadrante: lo planificado frente a lo trabajado.
- Horas por trabajador y mes, y horas extra, sin hojas de cálculo.
- Correcciones con rastro: si hay que corregir un fichaje, que quede quién lo cambió y por qué.
Lo que gana la empresa
- Cumplimiento de la norma sin papeleo.
- Horas extra visibles antes de que se acumulen.
- Datos objetivos para repartir turnos y vacaciones (ver cuadrante de turnos y vacaciones).
En nuestro programa
Nuestro módulo de personal incluye cuadrante de turnos, fichajes, cambios de turno y vacaciones, con estadísticas de horas fichadas y horas extra por trabajador. Puede verlo en la demo del módulo de personal y en gestión de flotas y personal.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el registro de jornada para todas las empresas?
En España, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a registrar a diario el inicio y fin de la jornada de cada trabajador. Consulte con su asesor laboral las particularidades de su convenio.
¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros?
Cuatro años, a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.
¿Puede fichar un trabajador que empieza el turno fuera de la oficina?
Con un fichaje desde el móvil, sí: registra el inicio donde empieza su servicio.
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